tiburón
El Gobierno de Ecuador emitió un nuevo acuerdo ministerial que fortalece las medidas de conservación y manejo sostenible de los tiburones del género Alopias (conocidos como tiburones zorro), con el objetivo de proteger estas especies, cumplir los compromisos internacionales asumidos por el país y asegurar que la actividad pesquera se desarrolle bajo criterios científicos y de sostenibilidad.
La medida fue oficializada mediante el Acuerdo MAGP-SRP-2026-0034-A, publicado este viernes 3 de julio en el Registro Oficial, y responde a una serie de observaciones y recomendaciones formuladas por organismos internacionales como la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), la Convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias (CMS), la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO).
Una respuesta a la presión internacional
El acuerdo recuerda que, durante la COP15 de la CMS, celebrada en marzo de 2026 en Brasil, las especies Alopias pelagicus, Alopias superciliosus y Alopias vulpinus fueron incorporadas al Apéndice I de la Convención, categoría que exige la adopción de medidas estrictas para su protección debido a su vulnerabilidad.
Asimismo, el documento señala que Ecuador continúa enfrentando observaciones por parte de CITES respecto al manejo del comercio de tiburones y rayas. Desde marzo de 2024 existe una recomendación internacional para suspender el comercio de varias especies provenientes del país hasta que se implementen mecanismos efectivos de control, límites de captura y cupos sustentados en evidencia científica.
Según el acuerdo, estas nuevas disposiciones buscan precisamente atender esas recomendaciones y fortalecer la capacidad del país para demostrar un manejo responsable de estos recursos marinos.
Captura incidental con límites
La normativa aclara que la pesca dirigida de tiburones continúa prohibida y que únicamente podrá registrarse captura incidental, es decir, cuando estos ejemplares sean capturados accidentalmente durante la pesca de otras especies.
Para ello se establecen límites máximos de captura diferenciados por especie y por tipo de embarcación, distribuyendo cuotas para flotas industriales palangreras, embarcaciones nodrizas y embarcaciones artesanales.
En el caso del Alopias pelagicus, el límite total autorizado asciende a 2.428 toneladas, mientras que para Alopias superciliosus se fija un máximo de 277 toneladas, distribuidos entre los distintos segmentos de la flota pesquera nacional.
El acuerdo también dispone que aquellas especies cuya captura incidental sea considerada baja o esporádica no recibirán cupos específicos, aunque cualquier interacción deberá ser reportada obligatoriamente para fines de monitoreo científico.
Mayor control y monitoreo
Entre las principales novedades figura la implementación de mecanismos tecnológicos para realizar un seguimiento permanente al cumplimiento de las cuotas.
La Coordinación General de Tecnologías de Información y Comunicación del Ministerio será la encargada de desarrollar sistemas que permitan monitorear en tiempo real el estado de los límites de captura y publicar periódicamente esa información en los portales oficiales, de modo que el sector pesquero conozca la disponibilidad de las cuotas autorizadas.
Además, la metodología para el monitoreo, seguimiento y control será definida conjuntamente por las direcciones de Control Pesquero y de Política Pesquera y Acuícola.
Se fija un límite del 20 % por viaje de pesca
Como medida adicional de mitigación, el acuerdo establece que la captura incidental de tiburones del género Alopias no podrá superar el 20 % del total de la captura obtenida en cada viaje de pesca.
La disposición busca reducir la mortalidad de estas especies y reforzar el enfoque precautorio previsto en la legislación ecuatoriana y en los convenios internacionales de conservación.
Basado en evidencia científica
El Ministerio señala que las nuevas medidas fueron sustentadas en informes técnicos elaborados por el Instituto Público de Investigación de Acuicultura y Pesca (IPIAP), incluyendo estudios sobre el estado de las poblaciones de tiburones capturados por la flota pelágica ecuatoriana.
Tras la revisión técnica y jurídica correspondiente, la Dirección de Asesoría Jurídica concluyó que no existían impedimentos legales para emitir el acuerdo, al considerar que las medidas se ajustan a la Ley Orgánica para el Desarrollo de la Acuicultura y Pesca, su reglamento y la normativa internacional vigente.
Con este acuerdo, Ecuador busca fortalecer la conservación de una de las especies más vulnerables del Pacífico Oriental, mejorar el control sobre la pesca incidental y avanzar en el cumplimiento de las exigencias internacionales para garantizar la sostenibilidad de sus recursos marinos.