
Quito, 11 de agosto de 2025 – El presidente Daniel Noboa firmó el Decreto Ejecutivo N.º 83 que reforma el Reglamento Codificado para la Regulación de los Precios de los Derivados de Hidrocarburos. El cambio, aunque descrito en términos técnicos, implica un giro clave: la gasolina extra y extra con etanol se calcularán con base en el precio internacional del combustible, más los costos asociados a importación, transporte, seguro, almacenamiento y un margen para las empresas abastecedoras.
La nueva fórmula, denominada Precio de Paridad de Importación (PPIn), toma como referencia el valor del mercado de la Costa del Golfo de Estados Unidos y se ajusta por calidad y costos logísticos. Esto significa que los precios en Ecuador estarán más alineados con el mercado global, reduciendo la brecha que existía por subsidios o controles internos.
El decreto también establece que los precios fijados por la autoridad serán considerados precios máximos de referencia, en el marco del mecanismo de estabilización vigente para estas gasolinas. Sin embargo, en la práctica, las variaciones internacionales tendrán un impacto más directo en lo que los consumidores paguen en el surtidor.
La Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos tendrá 60 días para actualizar el esquema de tarifas y condiciones de uso de la infraestructura de poliductos y terminales de EP Petroecuador, buscando igualdad de acceso y costos de mercado.
La disposición entrará en vigencia a partir de las 00h00 del 12 de agosto de 2025, con ejecución a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio de Energía y Minas, la Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos, EP Petroecuador y el Servicio de Rentas Internas.